Abogados segunda oportunidad en Alzira

Si se encuentra en una situación de insolvencia y no puede hacer frente a sus deudas, la Ley de la Segunda Oportunidad le brinda la posibilidad de empezar de nuevo. Esta ley permite a empresarios y particulares reorganizar o incluso reducir sus deudas mediante un procedimiento judicial, siempre que se actúe de buena fe y sin fraude.

En muchos casos, las personas que atraviesan esta situación desconocen sus derechos y los pasos a seguir, lo que puede generar ansiedad, demoras y pérdida de oportunidades de exoneración total o parcial de deudas.

Le ayudamos en lo que necesite

Contar con un respaldo jurídico especializado, que da servicio en toda la Ribera alta y alrededores, es clave para afrontar su caso con seguridad y confianza.

Requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad

Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad (LSO), debe cumplir algunos requisitos:

  • Ser persona física.
  • Tener más de un acreedor, ya sea público (AEAT, Ayuntamiento, Seguridad Social…) o privado.
  • Estar en situación de insolvencia.
  • No deber más de 5.000.000 de euros.
  • No poseer antecedentes penales en delitos socioeconómicos.
  • Actuar de buena fe.
  • No haber declinado un trabajo en los últimos 4 años.
  • No haberse beneficiado de esta ley en los últimos 5 años.
Nuestros abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad le acompañarán en todo el proceso, asegurándose de que cumpla los requisitos y eligiendo la mejor estrategia: cancelación total de deudas, cancelación parcial o plan de pagos según su situación.

Modificaciones en 2022 de la Ley de Segunda Oportunidad

Las reformas introducidas en 2022 buscan acelerar el proceso y reducir los costes para las personas que desean acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y conseguir la exoneración de sus deudas.

Lo más destacado de estas modificaciones es la supresión del mediador concursal y la posibilidad de lograr la exoneración de deudas conservando los activos mediante un plan de pagos. Esto facilita la anulación de deudas hipotecarias, préstamos rápidos, obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y otros acreedores de forma más simple y rápida.

Antes de esta reforma, los plazos eran más largos:

Plazos antes de la reforma de 2022

  • Fase extrajudicial: duraba entre 2 y 5 meses.
  • Fase judicial: podía extenderse de 6 a 8 meses si no había bienes que liquidar.
  • Fase de calificación: en caso de bienes a liquidar, podía durar hasta un año o año y medio.

Con la reforma de 2022, los plazos máximos se reducen a 18 meses desde el inicio del procedimiento, simplificando significativamente el proceso y permitiendo a los deudores acceder a la exoneración de manera más rápida y eficiente.

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Preguntas frecuentes

Sí. Gracias al BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), un juez puede dictar la cancelación de tus deudas si eres un deudor de buena fe y no tienes capacidad de pago real. No se trata de un simple aplazamiento, sino de un "borrón y cuenta nueva" que impide cualquier reclamación futura por parte de los acreedores.

Sí, es posible proteger tu vivienda. Si la venta cubriría poco de la deuda, el juez puede aprobar un plan de pagos de 3 a 5 años, cancelando el resto de tus deudas. Esto permite mantener tu hogar y saldar tarjetas, préstamos o microcréditos según los criterios del BOE.

La mayoría de deudas se pueden cancelar por ley, pero hay excepciones: pensiones de alimentos, deudas por responsabilidad civil derivada de delitos y, en parte, deudas con Hacienda o Seguridad Social, que solo se pueden reducir hasta 10.000 €. Estas limitaciones protegen intereses básicos y obligaciones legales irrenunciables.

De forma inmediata tras la sentencia. Nuestro despacho notifica a los ficheros de morosidad, que deben borrar tus datos por ley. Esto recupera tu capacidad de contratar teléfono, alquilar vivienda o solicitar financiación bancaria, devolviéndote libertad financiera y tranquilidad después de la exoneración.

 

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