Abogados de incapacitaciones judiciales en Alzira

Hay personas que presentan una deficiencia persistente de carácter psíquico o físico que impide que pueda gobernarse y protegerse a sí misma y a sus bienes. Esta es una compleja situación en la que en muchos casos se requiere de la incapacitación (parcial o total) de esa persona y de la aplicación de un régimen tutelar, como forma de garantizar su total protección.

Por ello, nuestros abogados especialistas en la tutela de personas con incapacidad judicial en Alzira están preparados para informar, asesorar, y ofrecer una solución a una situación de necesidad de incapacitación de una persona.

Le ayudamos en lo que necesite

Contar con un respaldo jurídico especializado, que da servicio en toda la Ribera alta y alrededores, es clave para afrontar su caso con seguridad y confianza.

Una demanda de incapacitación puede ser presentada por la propia persona afectada por la incapacidad, o por sus parientes, ascendientes, descendientes o hermanos. Como también, por su cónyuge o pareja, o tutor si se trata de una demanda de incapacitación para una persona menor de edad. De todas formas, en una posible incapacitación a una persona nuestros abogados proporcionarán a nuestros clientes toda la seguridad para poder hacerla efectiva. Y serán los encargados de orientar a nuestros clientes para que puedan demostrar la existencia de aquellos requisitos que son fundamentales para solicitar una incapacidad, tales como:

  • El deterioro cognitivo o físico impiden a la persona autogobernarse.
  • Actúa de forma irresponsable respecto de los propios cuidados o a personas a su cargo.
  • Se ve afectada por abusos, desatención o violencia dada su incapacidad.
  • Es incapaz de llevar a cabo cualquier actividad del día a día.

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Preguntas frecuentes

Ya no existe la incapacitación judicial. La Ley 8/2021 instauró medidas de apoyo como la curatela, permitiendo que la persona con discapacidad tome sus propias decisiones con asistencia. Se respeta siempre su voluntad y preferencias, garantizando protección sin privarles de sus derechos fundamentales.

El poder preventivo es un documento notarial donde designas a quién quieres que gestione tus asuntos si en el futuro no puedes. Evita procedimientos judiciales largos y costosos, permitiendo que tu familia actúe de forma legal y rápida, respetando tus decisiones y reduciendo conflictos emocionales.

El proceso puede iniciar el propio interesado, su cónyuge, hijos, padres o hermanos. Si no hay familiares o no actúan, el Ministerio Fiscal interviene para garantizar protección. Todo se realiza mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria, asegurando que la persona vulnerable reciba los apoyos necesarios.

Las sentencias anteriores a la reforma deben revisarse. La figura del tutor desaparece, siendo sustituida normalmente por la curatela. Iniciar un proceso de actualización permite adaptar la sentencia a la ley vigente, asegurando que las facultades del asistente estén correctamente definidas y respetando los derechos del asistido.

 

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Miércoles, 9:00–13:30, 16:00–19:30
Jueves, 9:00–13:30, 16:00–19:30
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